Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 nos Aires 11 de junio de 2020 Habiéndose conformado el presente inci dente en virtud de la investigación ref erida al domicili o sito en Bacacay 3570 pasen los autos a despacho a resolver Ante mí En la misma fecha se cumplió con lo dispuesto Conste - Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 nos Aires 11 de junio de 2020 Autos y Vistos Para resolver en la presente causa n° 2637 04 caratulada “Vaello Orestes Estanislao y otr os s homicidio agravado privación ilegal de la libertad agravada etc ” del registro de la Secretaría n° 6 del Tribunal Y Considerando Corresponde en el marco de la presente resolución expedirse con respecto al tramo de la presente investigación relacionado con la presunta existencia dentro del marco represivo aquí ventilado de un nuevo centro clandestino de detención y tortura que habría funcionado al menos a comienzos del año 1976 con anterioridad y con vinculación al centro clandestino “Automotores Orletti” el cual según la prueba acumulada habría tenido existencia entre mayo y noviembre del citado año en la calle Venancio Flores 3519 21 de esta ciudad La nueva hipótesis se ciñe sobre el inmu eble ubicado en la calle Bacacay 3570 de esta ciudad arteria que resulta ser paralela a Venancio Fl ores encontrándose ambos in muebles en la misma manzana Tal como se advi erte del cotejo de diversos elementos que han sido incorporados a l o largo de l a investigaci ón son varias las referencias existentes con respecto a una base operativa del personal de la Secretaría de Intel igencia del Estado en la calle Bacacay Uno de los el ementos colectados en tal sentido es la declaración brindada por Juan Ramón Nieto Moreno en el sumario n ro 417 “Comando de la Cuarta Brigada de Infantería Aerotranspor tada” a fs 279 286 vta donde refiri ó que en el año 1976 prestó servicios en la SIDE como Jefe del Departamento de Contrainteligencia perteneciente a la Direcci ón II que a Gordon l o conoci ó como “Silva” aproximadamente en marzo de 1976 cuando constituyó por orden de Otto Paladino entonces Secretario a cargo de dicho organismo una base operativa que se denominó OT 18 la cual dependía del Departamento de Operaci ones Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Tácticas I comandado por el Vicecomodoro Guill amondegui Departamento que dependía a su vez de la Direcci ón III de la SIDE a órdenes del Coronel Carlos A Michel Agregó que el grupo que integraba Gordon ali as “Silva” “…era el ejecutor de los blancos operacionales que surgido de la labor de Inteligencia Contrasubversiva que ef ectuaba el Departamento de Contrainteligencia e ran girados al Departamento Operaciones Tácticas I uno a través de la Dirección II y III de l a SIDE Que el citado «Silva» hacía las veces de Jefe del Grupo no orgánico que junto con personal orgánico integraba la Base O T 18 … a la vez efectuaba funciones de escolta y custodia personal del entonces Secretario de Inteligencia de Estado La citada base OT 18 efectuaba la actividad operacional antisubversiva de SIDE … familiarmente sus amigos lo llamaban a Gor don también «Jova» y «Viejo»” También agregó que “…en la base OT 18 i nactivada a fines del año 1976 trabajaba personal orgánico de la SIDE y no orgánico que en rigor de verdad el citado «Silva» sin tener el carácter de Jefe ejercía el liderazgo del personal inorgánico y por extensión del resto del personal que no obstante se encontraba encuadrado en los efectos disciplinarios en una cadena de mando que incluía a personal orgánico de la SIDE perteneciente al Departamento de Operaciones Tácticas de pendiente de la Dire cción de la SIDE Dicho personal era hasta q ue se inactiva la base OT 18 los agentes Eduardo Ruffo y Juan Rodríguez que hacían las veces de encargados dependientes del Vice Comodoro Guillam ondegui y posteriorm ente de los entonces Capitanes Calmon y Cabanillas y por cadena de Comando del Jefe del Departamento Operaciones Tácticas I Tenie nte Coronel Visuara” Surgiendo de su rel ato “…inicialmente cuando el declarante conoció al citado «Silva» el mismo tenía una base en l a calle Bacacay que posteriormente esa base se trasladó a otra sita en la calle Venancio Flores ambas de la Capital Federal y que las mismas se inactivaron a fines de 1976 resaltado agregado Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Las referencias efectuadas por Nieto Moreno permiti rían presumi r que la base de Bacacay se habría inactivado a fin es de 1976 más allá de que a juzgar por sus referencias l os detenidos podrían haber si do alojados a parti r de la creaci ón de Orl etti en este centro de detención La hipótesis de l a ex istencia de una base en la calle Bacacay también surge de la declaración indagatoria prestada por el imputado Eduardo Rodolfo Cabanillas en los presentes autos En su descargo el n ombrado expuso que en el ámbi to de la OT 18 operaba el grupo liderado por An íbal Gordon quien comandaba un grupo de agentes personal ci vil que tenía por sede “La Cueva” o “El Jardín” lugar que luego se enterara de que era el centro de detención “Automotores Orletti” pero que este grupo dependía di rectamente de Paladino y no de él ni de Calmon Que a este siti o llevaban a deteni dos de la SIDE que los interrogaban y que según su entendimi ento luego eran pasados al Poder Ejecutivo y que ello l o supo a través de los comentarios del personal del grupo de Gordon a quienes veía en ocasión en que se hacían los traslados de Paladino Por otro lado Cabanillas agregó que la OT 18 no era otra cosa que “La Cueva” o “El Jardín” y que l os integrantes de esta División eran justamente quienes prestaban servicios en dicho sitio que luego supo que estaba en l a calle Venancio Fl ores por otro lado recordó que estas personas le habían dich o que antes “El Jardín” estaba en la call e Bacacay donde según supuso también había detenidos Pero aparte de los dichos de Nieto Moreno y Cabanillas encontramos referencias precisas a domicilios en Bacacay Bacacay 4232 Tal como se expuso en las variadas resoluciones dictadas con respecto al CCDT Automotor es Orletti una referencia surge en el contrato de l ocación concretado con respecto al tall er mecánico en el cual funcionara el centro clandestino Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Dicho contrato fue firmado en f echa 1º de junio de 1976 pero en el mismo se deja constancia de que se estipula l a locación del inmueble con fecha anterior desde el 11 de mayo del mi smo año En el mismo se establece que Cortell Automotores SACIF representada por su presidente Santiago Ernesto Cortell alquila el inmueble citado a Felipe Salvador Silva CI nro 4 854 254 y a Julio César Cartels CI nro 4 568 410 por el tiempo de dos años a contar desde el 11 de mayo de 1976 fecha en que se deja constancia de que se dio la posesi ón provisoria a la vez que los locatari os constituyen domicilio en calle Bacacay 4232 de Capi tal Federal Como fiadores de l os nombrados figu ran Juan Rodríguez LE 2 958 947 y Eduardo Alfredo Ruffo LE 4 541 399 quienes constituyen domicilio en el mismo lugar en el cual lo constituyeran los locatari os esto es Bacacay 4232 de Capital Federal Con respecto a este domicilio se dispusieron diversas medidas encaminadas a determinar la posibilidad de que en el inmueble allí asentado haya fu ncionado como centro clandestino Surge al respecto l a declaración testi monial prestada por Sebasti án Di onisio A lanis propietario del inmueble ubicado en el lugar el cual hoy lleva la n umeración catastral 4234 fs 20 105 28 Tal como surge de dicha pi eza procesal Alanis adquiri ó dicho inmueble en el año 2011 y la propi edad se correspondía originariamente con las numeraciones catastral es 4228 4236 La casa fue adquirida a Marcelo Norberto Seuma Vi viana Elizabeth Seume y Blanca Araceli Naya de Seume quienes según el certificado de dominio aportado por el nombrado habrían adquirido la propiedad el 8 de junio de 1977 a Jacobo Levy quien habría actuado como gestor de negocios para la sociedad Tres Eles SA quien la habría adquirido el 7 de enero de 1976 Tal como se destaca en su declaración el inmueble no cuenta con subsuelos aportando el nombrado los pl anos de la Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 propiedad y la denuncia dirigi da a la Di rección de Registro de Obras y Catastro haciendo saber su calidad de titular del inmueble presentada el 23 de marzo de 2012 Por otro lado de acuerdo a las actuaciones aportadas por el declarante se advi erte la inscri pción que da cuenta de que Jacobo Levy casado en primeras nupcias con Esther Chaia habría comprado el inmueble como gestor de negoci os de la soci edad indicada anteriormente en la fecha también indicada A raíz de tal declaración se ha requeri do al Registro de l a Propiedad Inmueble de la ciudad de Buenos Aires la remisión del historial compl eto del inmueble citado a la vez que se ha req uerido a la Inspección General de Justicia l os antecedentes y referencias que pudieran su rgi r con respecto a la sociedad Tres Eles SA fs 20 135 Las actuaciones remitidas por el Registro de la Propiedad Inmueble dan cuenta de que los anteri ores propietari os a la adquisición por parte de Levy habría sido Rafael Antonio Gri mald casado en primeras nupcias con María Cristina Castro quien habría adquirido la propiedad el 26 de j ulio de 1973 20 141 8 A continuación se encuentran agregadas actuaciones remiti das por la Inspección General de Justicia en las cuales informan que la sociedad “Tres Eles SA” no se encuentra registrada requiriendo el aporte de mayores datos para una nueva respuesta fs 20 153 resta mencionar en este sentido que de las actuaciones aportadas por Alanis otorgadas por el Registro de la Propi edad Inmueble se menciona la firma Treseles S A mas no “Tres Eles” por lo cual habrá de requerirse información relativa a la así denominada Seguidamente fueron citadas al gunas de las personas cuyos datos había aportado Alanis quien según informó se trataría de personas que habrían participado en reforma del inmueble y podrían dar cuenta de su con formaci ón Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Declaró como testigo Miguel Ángel Córdoba quien dijo ser albañil y haber trabajado en l a obra entre los años 2012 y 2014 aclarando que a los efectos de la remodelación se demoli ó todo se cavaron las bases y se hizo la pil eta acl arando que no había un sótano en el inmueble fs 20 279 También declaró en igual sentido Fernando Andrés Ojeda quien relató haber trabajado como albañi l en la obra y agregó que de la antigua casa quedó muy poco ya que tuvieron que demoler y hacer nuevas columnas aclarando que no había ningún sótano en el predio fs 20 280 Otro testigo que declaró a i gual tenor fue Héctor Rafael Ojeda quien también como albañil relató que hicieron una demolici ón las bases y que tuvieron que cavar unos tres metros de profun didad a l a vez que aclaró que n o había sótano fs 20 281 Matías Abel Ortega también declaró haber sido Maestro Mayor de Obras en ocasión de la reforma de la casa haci endo saber que se produjo la remodelación del inmueble mediante una modificación estructural de l a casa que se excavaron unos tres metros y q ue no había en el inmueble ningún sótano fs 20 282 Bacacay 3245 En el mismo expediente 417 formado a raíz de la partici pación de algunos de los integran tes de lo que fuera l a banda de Gordon en un secu estro extorsi vo llevado a cabo en la P rovincia de Córdoba surge un contrato de locación fs 78 en el cual consta que se cede en l ocación a Horacio Andrés Ríos la vivienda sita en calle San Cayetan o y Dr Luis Güemes del Barrio Residencia La Carolin a Pcia de Córdoba Allí Ríos denunció domicili o real en calle Bacacay 3245 de Capital Federal Con respecto a la vinculación de este domicilio con l os ilícitos registrados en el CCDT Orl etti restan analizar medidas Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 probatorias dejándose constancia que excepto la citada referencia ninguna otra vincula al domicilio ci tado con los hechos investi gados Bacacay 3570 La hipótesis referida al funcionamiento del CCDT en este domicilio parte de la presentaci ón efectuada por Jean Marc De Wandelaer integrante del Programa Verdad y Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos quien aportó a fs 20 297 309 copias de documentación descl asificada por el gobi erno de E E U U ref erente a la dictadura cívico mili tar que tuvo lugar en nuestro país En tales actuaciones se hace referencia al secuestro y homicidio del entonces embajador Héctor Hidalgo Solá En la documentación surge que quienes habrían actuado en tales hechos serían integrantes de la banda que di ri giera Aníbal Gordon bajo las órdenes del General Otto Paladino por entonces a cargo de l a Secretaría de Inteli gencia del Estado Allí se expone que Hidalgo Sol á habría sido llevado a una casa sita en Bacacay 3570 la cual habría sido alquilada y uti lizada para las operaci ones del grupo del nombrado Gordon Más allá de las referencias que su rgen en las actuaciones que habrán de moti var la profundizaci ón de la presente investigaci ón corresponde tener en cuenta el domicilio consignado en tales reportes A parti r de tal incorporación luego de la presentación del Sr De Wandel aer se requiri ó a la Comisaría Vecinal 10-A la identificación de los habitantes del domicilio de cale Bacacay 3570 al Registro de l a Propi edad Inmueble la remisión de un informe relativo al historial relativo al citado inmueble y a la empresa AYSA l a remi sión de los planos del domicilio citado fs 20 310 Las actuaciones labradas por el personal polici al dieron cuenta de que la altura catastral indicada 3570 no ex iste en la actualidad encontrándose por un lado el inmueble 3558 y por otro el ubicado en la numeración 3572 fs 20 325 7 Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 A continuación se agregaron las actuaci ones remitidas por el Registro de la P ropiedad Inmueble su rgiendo a fs 20 329 el plano de la manzana comprendía entre las arterias San Nicolás Venancio Flores Emilio Lamarca y Bacacay de donde surge que las numeraci ones en esta última calle son correlativas del si guiente modo 3542 3548 3558 62 y 3574 siendo el predi o indicado con la doble numeración un terreno casi ubicado en el centro de la manzana el cual presenta una forma alargada teniendo en cuenta la rel ación entre f rente y profundidad A fs 20 335 se agregó la respuesta de AYSA la cual dio cuenta de la inexistencia de nomenclatura como la consignada en el oficio remiti do referente al inmueble de Bacacay 3570 Por otro lado se dispuso que el escri biente Dr Martín Bosano del Juzgado Federal 3 se constituya en l os domicilios de Bacacay 3558 y 3572 a l os efectos de recabar datos relati vos a sus moradores a la vez que se libró nuevo requeri miento a la Comi saría Vecinal 10 a los ef ectos de un relevamiento de los habitantes de las viviendas emplazadas en la citara arteri a entre las al turas 3500 y 3600 con el fin de conocer cuáles de ell os habitaba el siti o en los años 1975 y 1976 La actividad llevada a cabo por el Dr Bosano determinó la identificación de la Sra Norma Del Río como actual propietaria del inmueble situado en Bacacay 3558 quien a su vez suministró datos que permitieron la identificación y contacto con Marta Ester Poggi y Raquel Gimel María Ester Poggi declaró en la causa el 25 de septiembre de 2019 Relató en dich a oportunidad que junto con su marido adquirieron la casa en el año 1977 Relató que el lu gar daba la sensación de haber sido un hotel “un lugar en el cual se alquilan habitaciones no estaba conformada como una casa que se habita … Había un montón de habitaciones compartimentadas habitáculos digamos” A gregó que “la casa te nía un patio desordenado adelante estaba toda la casa construida sobre la derecha Atrás Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 había una glorieta descuidada sobre la estructura que llegaba más o menos hasta la mitad del ter reno Sobre toda la izquierda del terreno había patio y tierra hasta el final del predio de principi o a fin … era una casa de una planta con techos muy altos construida como casa hasta la mitad del terreno Después sobre un lateral del fondo había cuartitos y una cocina compartida como dividida al medio … Había muchísimas piezas chiquitas horribles lamentables parecían como piezas de alquiler” Dijo “el terreno tenía dos numeraciones … la que nosotros teníamos era 3558 nos dieron esa numeración en catastro para no quedar ni de un lado ni del otro” Agregó que la const rucción era estilo “chorizo” y que en el fondo de la casa había unas habitaciones con techos bajos que no parecían pertenecer a la construcción original una de las cuales tenía una pared rosada pi ntada al aceite y que a una de esas habitacione s se accedía desde el jardín Con respecto a la cocina dijo “no era una cocina instalada para vivienda era una cocina separada en dos por una pared e n el medio con anafes no era una cocina de casa era como una cocina de pensi ón … creo que el piso era de granito … era una cocina precaria … para mí era una cocina de las que se ponen en las pensiones” Agregó luego “cuando nosotros fuimos no vimos el sótano y lo descubrimos recién durante la constr ucción cuando levantamos los escombros de la parte demolida” y agregó “bajamos y sacamos unas cajas con botellas de cerámica que no e nte ndíamos qué estaban haciendo allí Yo en un museo de Salta vi esas botellitas parecían como de tinta Lo que me llamó la atención ahí es que había unos zapatos de mujer ros a viejo s ucios como de gamuza y otros zapatos más Había zapatos de hombre también Las paredes estaban todas rotas todas si n revocar … había mucha humedad había piso de tierra o algo parecido muy precario no tenía Ceresita nada No tenía acceso al sótano estaba todo cerrado con paredes lo encontramos durante la demolición Tuvimos hasta que poner una escalera para bajar De altura te nía más o menos 1 metro 40 No recue rdo el ancho y después lo modificamos para armar una bodega ahí abajo y lo achicamos un poco” Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 En el contexto de su declaraci ón la testigo confecci onó un plano el cual se aprecia a continuación Seguidamente a dicha declaración se en cuentra agregada la prestada por Norma Graci ela del Río propi etaria actual del inmueble ubicado a la al tura 3558 de Bacacay quien relató que su padre Ismael Zacarías Del Río adquirió la propi edad a Alfredo José Segatori y su cónyuge María Ester Poggi el 30 de agosto de 1991 ex hibiendo la escritura de la cual se extrajeron copias que se agregaron a la causa a la vez que aportó la declarante copias de la escritura anterior en l a cual figura la adquisición por parte de Segatori y Poggi del i nmueble el octubre de 1977 20 354 vta Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Al ser preguntada por la existencia de u n sótano la testigo afirmó la existencia del mismo y dij o “e s chico está al lado de una pileta de lavar la ropa en la planta baja donde hay una pieza de servici o y un baño de servicio Se accede por una escalerita de las comunes de pint ur a está hecho con revoque fino” Las escrituras presentadas por Del Río que tienen a Segatori y a Poggi como adquirentes del inmueble están fechadas el 10 de octubre de 1977 y de ellas se desprende que los propi etarios de la casa a tal fecha eran Ever Héctor Saccani casado con Olga Nélida Pes y Raúl Antonio Selva casado con Matilde Ramos Allí se deja constancia de que el inmueble se identifica con la numeración 3558 y 3562 que posee 12 metros de f rente y 50 de f ondo y que linda con la finca 3574 fs 20 347 9 La actividad posterior se encaminó a dar con la comparecencia de Ever Héctor Saccani Olga Pes Raúl A Sel va y su pareja Matilde Ramos A tal efecto se hizo un rastreo de datos mediante el sistema Veraz el cual arrojó un domicilio perten eciente a Evert H Saccani otro perteneciente a Olga Nélida Pes otro referente a Matil de Ramos a l a vez que se informó que el DNI 6 108 902 que por escritura sería el de Raúl A Sel va sería de una persona f allecida Asimismo se hizo la misma verificación mediante la Excma Cámara Nacional Electoral arrojando las actuaciones el siguiente resultado Matilde Ramos había fal leci do en el año 1992 fs 20 379 Raúl A Selva habría fallecido en el año 1993 fs 20 381 y con respecto al pedi do efectuado con respecto a Olga Nélida Pes se habría facilitado información con respecto a Olga Nélida Pesce mas no Pes Con respecto a Saccani se informó domicilio en calle Brandsen 4353 de l a localidad de Tres de Febrero Ciudadela fs 20 386 surgi endo a fs 20 405 la referencia al falleci miento del nombrado el 25 9 2019 dato informado por su hija Emilce Verónica Saccani Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Por otro lado se encuentran agregadas l as diligencias realizadas por l a Comisaría Vecinal 10 las cuales no arrojaron ningún resultado de utilidad constándose que el personal policial se habría limitado a verificar lo requerido por el Juzgado con respecto a los locales comerciales y a la Escuela situada en cercanía sin que se haya verificado ningún dato en cuanto a los vecinos que habitan en el lugar en cercan ía de la vivienda citada fs 20 364 Ante el aporte efectuado por el integrante del Programa Verdad y Justicia se libró ofici o a los efectos de conocer si con respecto a la hipótesis en curso se había realizado algún informe Por otro lado la actividad se ori entó a l a escucha de otros dos testi gos Jai me Daniel Nacca y Raquel Gi mal quienes fueron identificados como moradores del domicili o identificado con nomenclatura 3572 De sus declaracion es fs 20 393 4 y 20 398 403vta no surgen precisiones q ue permitan desvirtuar la hipótesis en curso ya que tal como fue preci sado el domicilio en el cual habitan los nombrados es el de Bacacay 3572 habiendo indicado q ue se mudaron al in mueble en el año 2012 Por otro lado tal como surge del informe producido por el Programa Verdad Y Justicia de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación existen otros el ementos a ten er en cuenta a l os efectos de verificar el funcionamiento de un CCDT en el domicilio de Bacacay 3570 Allí se consigna “Con la desclasificación de documentos secretos de agencias estadounidenses apare ció una nueva dirección Bacacay 3570 Esa dirección fi gura en un cable de l a Agencia Central de Inteligencia CIA del 08 09 1977 copia Anexo 11 re lativo al secuestro y asesinato del embajador Hidalgo Sola El hecho se atribuye a un “grupo asociado a la SIDE” de Aníbal Gordon El cable menciona que el embajador fue llevado en una casa en “Bacabay 3570” por Bacacay en Capital Federal casa que “la SIDE alquila y usa para operaciones oficiales del grupo de Gordon” y que un Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 “Coronel del Ejército que trabaja para la SIDE es el contacto entre la SIDE y Gordon y se encue nt ra con Gordon en es a casa” Se destaca además de la dirección de la casa la mención al alquiler por parte de la SIDE la participación de Gordon y el nexo con el Ejército El 24 04 19 l a periodista Miriam Lewin sobreviviente de Virrey Cevallos y la ESMA publicó en la web de TN ver link abajo una noticia hablando de “fake news” ya que “se sabe que Hidalgo Sola estuvo en la ESMA” y ubica erróneamente Automotores Orletti en Bacacay 3570 Fake News en los 70 un cable de sclasificado atribuye el secuestro de Hidalgo Solá a la banda de Aníbal Gordon El caso del embajador civil de la dictadura en Venezuel a ya está siendo juzgado y se sabe que estuvo en la ESMA porque era un obstáculo para las ambiciones de Massera Sin embargo a la CIA le informaron que había estado secuestrado en Automotores Orletti Por Miriam Lewin Publicada 24 04 2019 14 42hs … El descubrimiento de la organización que s egún el cable mantuvo a Hidalgo Solá encapuchado en una casa de la calle Bacacay 3570 Automot ores Orletti fue hecho por la Policía Bonaerense que en ese momento era conducida por el general Ramón Camps mientras investigaba el rapto de un ne ne supuestamente otra operación del grupo de Gordon” El informe citado también menciona que “El número 3570 de Bacacay está en la misma manzana que O rletti … Algunos e lementos de descripción de “la cas a” que habría funcionado como centro de de tención En el testimonio de Juan Ignacio Azarola Saint mencionado anteriormente figura casa “amplia y antigua” con “pisos crujientes de madera” y “puertas chirriantes” donde había un sótano Escuchó a un niño y una niña de alrededor de 4 a 6 años En el testimonio recibido por Kovacic se señala casa muy grande antigua con varias piezas dos baños y una cocina y también casa muy antigua con dos habitaciones grandes un baño una cocina y un patio interior Ricardo Martínez Platero mencionó calles de adoquines y una cortina metálica de enrollar habitación de techo alto y piso de madera había un patio y una cocina consta en el legaj o Conade p 7134 de H ugo Ernesto Gomensoro copia Anexo 18 A su vez Mercedes Naveiro amiga de Raúl Premat legajo C 05742 29 04 76 Olivos Bs As realizó un vi deo sobre su Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 propia detención donde menciona una casa grande con columnas vieja con piso de madera excepto la cocina que era moderna dividida en 2 partes y con piso de baldosas de cerámica y había un sótano Menciona que sus secuestradores hicieron un asado en un patio Dice que la r adio estaba prendida todo el tiempo que sonaba un tel éfono No dice que er a en la calle Bacacay tampoco puede precisar el barrio es más su declaración en la Embajada de Estados Unidos habló de una “casa de campo” Dice que otras detenidas eran Patricia que era frances a y Ana En los documentos desclasificados por el Gobierno de EEUU aparece varias vece s Mercedes Naveiro En una comunicación del 19 05 76 de la Embajada al Secretario de Estado en Washingt on figura que “Mercedes Naveiro Bender residente permanente en Buenos Aires nat uralizada ciudadana estadounide nse informó a la Embajada que f ue secuestrada y se ver amente maltratada físicamente por un grupo combinado de policía y militares el 5 de mayo y liberada el 7 de mayo” Añade la comunicación que Naveiro no querría que la Embajada presentase una queja al Gobierno por miedo de r epresalias hacia ella o sus hijos copia Anexo 13 Hubo otra comunicación mucho más extensa el 20 05 76 copia anexo 14 Ahí dice que Naveiro informó personalmente al Consulado el día 7 de mayo que había sido secuestrada el 5 a las 2 00 hs de la mañana interrogada golpeada amenazada y liberada dos días des pués por un “comando conjunto” de policías y militares La Embajada se había enterado el mismo 5 por familiares de Naveiro e inició gestiones a través de contactos en la policía los cuales negaron saber algo … Naveiro escuc hó voces de alrededor de 8 personas diferentes algunas parecían muy jóvenes 16 o 17 años golpeadas y tor turadas Reconoció la voz de la señora de Premat y el señor Premat pidiendo por un médico … En un telegrama del Departamento de Estado del 21 09 76 figura en un lis tado de ciudadanos de ese país arrestados secuestrados o liberados “Mercedes Naveiro Bender fue secuestrada de su casa en mayo y liberada dos días después” También se consign a en el citado informe “Emma Alcira Lebozec realizó una denuncia ante la Conadep el 14 06 1984 … f ue secuestrada el 01 05 76 por hombres armados que dijeron pertenecer al Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Ejército en una nota muy posterior dice 30 04 76 Buscaban a su hermana Fue llevada a una casa vieja por los revestimientos de baños artefactos sanitarios pisos etc Estuvo 4 días en ese l ugar vendada compartiendo una habitación con 11 personas más Los represores se dirigían entre sí por grados militares capitán coronel quien la sacó una foto tenía uniforme del Ejército” Entre las pe rsonas que se mencionan como vistas o percibidas por la víctima en el CCDT figuran Charito uruguaya Jorge Firmenich y su esposa Tal como se expuso e n el Informe citado e n su legajo Conadep hay un plano con el título de “posible comisaría 50” muy detallado rampa para acceso vehicular a la izquierda acceso peatonal con pasillo con 3 habitaciones de cada lado pisos de madera dando a un patio de baldosas baño con bañera y al fondo una cocina Sót ano con entrada en la 3ª habitación a la dere cha” Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Conforme surge del legajo CONADEP acompañado la víctima realizó un plano del sitio en el cual estuvo cautiva Tal como se aprecia el plano coincide con el efectuado por la testi go Poggi con referencia a cómo era la vivienda en el año 1977 Por otra parte la investigación realizada permitió determinar el posi ble cautiverio de l a víctima Anita E Larrea de Jaroslavsky en el mi smo si tio de calle Bacacay 3570 En su decl araci ón prestada el 28 días del mes de mayo pasado a través de la plataforma Jits i Meet la testigo Anita Edith Francoise Larrea de Jaroslavsky con domicilio actual en l a ciudad de París Francia narró las circunstancias de su detención ilegal ocurrida el 28 de abril de 1976 y recordó haber compartido cautiverio con Carlos Gatto y su mujer Raúl Premat Cri sti na Micieli Mercedes Navei ro Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Claudio Zi eschank entre otras personas Dijo que en el lugar había un sótano precisando “sí había un sótano sé que a Premat lo lle varon allí y posiblemente también a uno de los uruguayos Debía ser un lugar muy terrible cuando los amenazaban decían los vamos a meter en el sótano Pienso que debía ser un lugar más que horrible Por lo que se escuchaba de bía ser muy pequeño porque iban de a uno creo que no decían sótano sino que los captores hablaban del chupader o o tragadero” La víctima situó la cocina del lugar en el fondo de la casa y hacia la derecha realizando la siguiente descri pción “yo e stuve había una cocina muy pequeña con una mesa muy pequeña como de 1 m por 0 80 m Había o dos sillas o dos banquitos y después había un sitio que a mí me pareció también pequeño donde había dos hornallas o una cocina muy chica o calentadores no sé La cocina tenía un tamaño muy pequeño no era una cocina por la cual se podía andar era muy precaria y pequeña Recuerdo que ahí hacían mate cocido o calentaban agua par a hacer mate o té y después había un mueble o una heladera Yo estaba con los ojos vendados y cuando iba al baño allí me aflojaba un poco la venda y entonces ahí pude ver algunas cosas de la cocina La puerta de la cocina que daba al patio creo q ue tenía vidrio que se veía a través Pero en una declaración de Mercedes o de otra persona creo que dijo que la cocina era grande y moderna como esto no lo vi supongo yo que había dos cocinas … yo estuve se ntada dos veces en esa cocina una vez mirando hacia el patio y la otra vez est uve mirando hacia una pared que era aquella donde estaba apoyada la mesa si uno entra a esa cocina desde el patio sería la pared de la izquierda la mesa estaría apoyada en esa pared y las hornallas estaban enfr entadas a la puerta e n el fondo paralelas a la entrada Yo pie nso que había hornallas o un calentador o dos calentadores pero había gas y eso lo recuerdo perfectamente porque una vez no sé si la primera o la segunda un tipo me puso un magiclick en las costillas y me dijo de acá no salís esto fue en la cocina No recuerdo si había algo en la pared enfrentada a la mesa esta cocina q ue yo haya visto tenía una sola entrada No recuerdo el piso pero podía ser cemento o baldosa no re cuerdo el color Tampoco recuerdo el color de las paredes no me acuerdo de haber visto una pileta aunque a lo Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 mejor había Lo que e ntreví en realidad er a una parte muy limitada El baño estaba en la misma línea dando también al patio y se e ntraba y en la pared opuesta estaba el inodoro y a la derecha una bañera muy antigua de esas bañeras que tiene n pie s Creo que había baldosas pero no recuerdo el color No recuerdo donde estaba la bacha creo que es taba al lado del inodoro pero por otro lado cuando salí creo que cuando salía a la izquierda también me lavaba las manos Pensaba q ue estaba alineado el inodoro la pileta y la bañera y después tuve una duda No me acuerdo si el lugar tenía bidet pe ro no creo Cuando yo me sentab a en la cocina mirando al patio el baño quedaba a la izquierda estaban ali neados podían haber sido contiguos pero s i no lo eran estaban muy cerca No recuerdo cómo era el piso del patio yo tengo un recuerdo de que cerca de la cocina y del baño el piso podía ser ce mento pero después había un lugar donde se colgaba ropa que podía ser tierra o al menos era un s uelo más desni velado o rugoso” Agregó “cuando yo estaba en la cocina m irando hacia el patio el lugar donde yo est aba alojada quedaba a la izquierda me da l a impresión que después de la cocina hacia la derecha no había lugares La pared del fondo del patio y la línea que formaba la ropa colgada que vi las dos vec es que fui a la cocina me daban la impresión que debía haber alguna pare d o algo que delimitaba el perímetro Te ngo la sensac ión de que la cocina estaba al extremo” En cuanto a l os ruidos que escuchaba en el lugar dijo “a mí me da la impresión de que había muchos aviones cerca había ruidos mecánicos como teníamos la radio en permane ncia y demás pero después hablando con Cristina el año pasado ella me dijo q ue era el tren y también había un gallo cerca que cantaba no en el lugar pero cerca Lo que yo pensé que era un avión en verdad era un tre n Cristina me dijo que siempre tuvo la sensación de que estaba en Flores por que ella tenía unos amigos y los ruidos le daban esa impresión de que estaba en Flores” Agregó “el patio er a descubierto había como una especie de techito que cubría cocina baño y esa parte pero todo lo demás era descubierto de ancho es decir des de la cocina hasta la pared del fondo podía haber habido Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 diez metros creo que era un rectángulo la visión que yo te nía la tenía parcelada Como había ropa colgada no se veía bien pero cuando hicieron el simulacro me dio la i mpresión de que era i nmenso podía tener e ntre 8 y 10 m de ancho y de largo no sé” La víctima reali zó el siguiente croquis del siti o en el cual permaneció cautiva Las referencias ef ectuadas por Anita E F Larrea de Jaroslavsky como asimismo las preci siones aportadas por Lebozek coinciden con aquell as rel atadas por la testigo María E P oggi quien al realizar la descripci ón del inmueble de calle Bacacay ci tado mencionó Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 que se trataba de una casa estil o chori zo situó la entrada a la izquierda ubicando el pati o en el mismo lugar que l as víctimas Tambi én ubicó a la cocina en el fondo y a la derecha casi en el extremo de la vi vienda y el sótano en el mismo lugar en que lo ubicó en su plano la víctima Lebozec A su vez la testigo Poggi refi rió que la propiedad ten ía como dos cocinas lo que coincide con el relato de Mercedes Navei ro en los videos realizados por la nombrada debiéndose tener en consideración que según Poggi cuando compran la propiedad no advierten que había un sótano y cuando encuentran el mismo encuentran en su i nterior unos zapatos de mujer y otros zapatos de hombre todo l o cual permite corroborar la hipótesis de que el inmueble ubicado en calle Bacacay 3570 habría f uncionado durante l a dictadura como centro clandestino de detenci ón y tortura También Poggi en su relato resaltó que la casa tenía una parte descubierta de patio y tierra hasta el final del predio lo que coincide con el relato de la víctima Anita E F Larrea quien relató “No recuerdo cómo era el piso del patio yo tengo un recuerdo de que cerca de la cocina y del baño el piso podía ser cemento pero después había un lugar donde se colgaba ropa que podía ser tierra o al menos era un suelo más desnivelado o rugoso” Otras referencias coi ncidentes entre los relatos de Lebozec y Anita E F Larrea son aquellas referentes a la entrada al l ugar en la medida en que ambas han referi do que al ingresar había “u na rampa o un desnivel” en pal aras de Larrea referencia coincidente con el plano efectuado por Lebozec quien sitió la entrada a la vivi enda en el mismo sitio y consi gnó que allí había una rampa María Ester Poggi relató en su declaración que “la casa estaba elevada más o menos tres escalone s del nivel de la cal le” lo cual podría dar cuenta de las referencias efectuadas por l as víctimas Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Por otro lado de comunicaciones mantenidas en forma telefónica con la actual propi etaria del i nmueble Norma del Río se ha podido constatar la existencia actualmen te del sótano de mención por lo cual corresponde evaluar l a necesi dad de disponer alguna medida orientada a la preservaci ón del sótan o citado y de las partes del inmueble que pudieran resultar de interés a los efectos de su registro fílmico a fin del eventual reconoci miento por parte de las víctimas En tal sentido corresponde dejar sentado en primer lugar la importancia que para el desarrollo de l a investigación en curso en l as presentes actuaciones reviste la conservación de dicho espaci o En tal sentido el inmueble puede resultar determinante al momento de reconstruir l os hechos que damnificaron a estas víctimas y establecer las responsabilidades penales emergentes de esos sucesos Así debe recordarse que la CONADEP en su informe final destacó que la reconstrucción de los centros clandestin os de detención se logró gracias al testimonio y a l a memoria corporal de los l iberados Por otro lado debe destacarse la obligación que pesa sobre todo magi strado de conservar l os el ementos probatorios úti les para l a investigación de un hecho delictual l o cual está di rigido a permitir l a reconstrucción de hechos del pasado y el conoci miento de la verdad materi al de l os su cesos Todo esto cobra especi al relevancia en la instrucción cuyo obj etivo es averi guar l os rastros que existen acerca de un hecho punible Maier Julio B J Der echo Procesal Penal Fundamentos Ed Del Puerto año 2004 pág 578 Estableci da l a necesi dad de preservar en el estado en que se encuentra el inmueble determinar si la prohibici ón de innovar resulta ser la medida propicia para lograr dicha finalidad En este senti do las medi das cautelares en general propenden a asegurar que la justicia alcance el cumplimiento eficaz de su cometido Dentro del catál ogo de las medidas cautelares la prohibici ón de innovar tiene por finalidad el mantenimi ento de la Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 situación de hecho o de derecho existente para no desvi rtuar la eficacia de la sentencia Así se ha entendido que “ l a prohibición de innovar constituye la orden judicial de no realizar actos físicos o jurídicos que alteren la situación de hecho o de derecho cuando la ejecución de tales ac tos pudiera influir en la sentencia o la convirtiera en ineficaz o imposible CNCiv Sala C 18 6 92 LL t 1992-D p 559 ” Martínez Botos Raúl “Medi das Cautelares” Editori al Universidad Buenos Aires 1996 pág 325 Así debemos recordar que la medida cautelar de prohibici ón de inn ovar persigue conjurar los ri esgos q ue para el resultado de l a investigaci ón en curso tendría la alteración de las condiciones en que actualmente se encuentra el predio en cuestión Con relación al segundo requisito exigido por el Códi go Procesal Civil y Comerci al de la Nación –en su art 230- para la viabilidad del instituto examinado esto es el peligro en la demora se entiende “se refiere a la posibilidad de que si llegare a alterar la situación de hecho o de derecho ello podría incidir e n la sente ncia convi rtiéndola en ineficaz o de ejecución imposible CNCiv Sala K 20 12 90 LL t 1992- C p 597 J Agrup caso 7883 ” Martínez Botos Raúl ídem pág 47 En el presente caso resulta evidente que la modificaci ón del espacio en cuestión implicaría que se frustre la posi bilidad de reconstrucción de la cautividad de las víctimas por lo cual más allá de que dada la calidad de vivienda particu lar del inmuebl e sería posi ble asegurar un eventu al reconocimiento del sitio mediante un registro fílmico y f otográfico por el momento se habrá de disponer sobre el inmueble en forma provi soria la prohibición de hacer modificaciones de carácter esencial que puedan alterar su estructura y frustrar eventualmente su reconocimiento De esta forma en contrándoce a cri terio del suscri pto satisfechos los extremos l egales que habilitan el dictado de la medida cautelar ci tada Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Resuelvo I DECRETAR LA PROHIBICIÓN DE INNOVAR PROVISORIA sobre el inmuebl e si to en calle Bacacay nro 3570 del barri o de Floresta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta tanto se proceda al registro fíl mico del sótano de l a propiedad y de aquellas partes que se estimara que pueden ser reconocibles por parte de las víctimas -teniéndose en cuenta las modificaciones sufridas por el inmueble desde su u so como CCDT hasta la fecha- II Comuníquese a l a propi etaria del mi smo la Sra Norma Del Rio debi éndose al efecto librar cédul as de estilo a diligenciar en el día asegurándose su notificación en forma telefónica III Comuníquese lo aquí dispuesto a la Direcci ón Nacional de Sitios de Memoria de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación a través de u n oficio de estilo IV Provéanse en las actuaciones principales las medidas de prueba pendientes en los términos en que se ha mencionado en la resolución Tómese razón y notif íquese al Sr Fiscal Daniel E Rafecas J uez Fed era l Ante mí Albertina A Caron Secretari a En_igual fecha se cumplió Conste Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Buenos Aires 11 de j unio de 2020 Al Sr Director a car go De la Dirección Nacional De Sitios de Memor ia Secretaría de Derechos Humanos de la Naci ón Su despacho Tengo el agrado de dirigi rme a Ud en el marco de la causa n ro 2637 04 caratulada “Vaello Orestes Estanislao y otros s privación il egal de la libert ad ” del registro de este Juzgado Nacional en l o Cri minal y Correccion al Federal n ro 3 a mi cargo Secretaría nro 6 con intervenci ón de la Dra Albertina A Caron a l os efectos de hacer saber a Ud que en el día de la fecha se ha dictado la prohibici ón de innovar del inmueble si to en calle Bacacay 3570 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ello en virtud de di versos elementos que indicarían su vi nculación con el CCDT “Automotores Orletti” A los adjunto copia de la citada resolución fines que estime correspondan Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal nro 3 Sec 6 CFP 2637 2004 92 Sin atentamente otro particular saludo a U d